Y
eso es precisamente lo que nos desvela el Anteproyecto de Ley de Protección y
Derechos de los animales, dado a conocer por el Gobierno social comunista del
Tirano Sánchez.
Para
empezar, ya su exposición de motivos nos pone los pelos de punta con la
afirmación:
“(La
Ley persigue) el fomento de la adopción frente a la compra de animales de
compañía, prestando apoyo financiero adecuado y otros tipos de apoyo material y
no material a los centros de rescate de animales y a las asociaciones/ONG de
protección de los animales.”
Vamos, que comenzamos con nuevas subvenciones a “chiringuitos”.
Y continúa diciéndonos que
En
particular, respecto a las personas propietarias de perros, se establece la
necesidad de haber superado un curso formativo al efecto, con el objetivo
de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces
condicionada por la ausencia de conocimientos por parte de la persona
propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales.
Y ya para bordear el absurdo intervencionista propio de las
izquierdas, anuncia que la Ley:
la cría y comercio de animales que debe regirse por normas garantistas y claras, distinguiendo a los animales por su condición de seres sintientes. La cría y venta solo podrá realizarse por profesionales registrados/as, con mecanismos de supervisión veterinaria, para conseguir que se realice de forma responsable y moderada, prohibiéndose la cría de animales de compañía por particulares y fijándose la limitación reproductora de los animales de compañía no destinados a la cría profesional. El propósito de esta normativa es incidir en la paradoja que existe entre el reconocimiento de ser sensible al animal y su cosificación comercial.
Vamos, que como el animal es un ser sensible, se sentirá emocionalmente afectado por ser una cosa comercial.
Apaga y vámonos...
Y,
naturalmente, se anticipa la futura desaparición de la actividad taurina al
establecerse que:
se regula
el uso de animales en actividades culturales y festivas, estableciendo unas
condiciones de uso acordes a su dignidad como seres sensibles, con el fin de
evitar situaciones de humillación, maltrato y muerte del animal.
aunque el art.1.3 nos diga que:
Quedan
fuera del ámbito de aplicación de esta Ley los espectáculos taurinos previstos
en los artículos 2 y 10 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades
administrativas en materia de espectáculos taurinos.
Si
bien podríamos pensar que no afecta a la caza al amparo del texto de su art.3.g
que nos dice que son animales de producción:
aquel
animal doméstico, no perteneciente a las especies del listado positivo de
animales de compañía, que es mantenido, cebado o criado para la producción de
alimentos o productos de origen animal para cualquier uso industrial u otro fin
comercial o lucrativo.
Y
aquí empezamos con los disparates Art.33.3
Los
animales que se mantengan o tengan acceso al exterior de las viviendas y puedan
tener contacto no controlado con otros animales, deberán estar esterilizados. En
el caso de que en una misma vivienda o ubicación haya animales de la misma
especie y de distintos sexos, al menos todos los miembros de uno de los sexos
deben estar esterilizados, salvo en el caso de criadores inscritos en el
Registro Nacional de Criadores
¿Algún propietario de un animal de compañía va a estar
dispuesto realmente a su esterilización?
Y los criadores de razas pastoras o cazadoras ¿Van a esterilizar a sus perros acabando con una cría y selección milenaria?
Exigencia que se reitera en el art.34.2 para los animales que habitualmente permanezcan en espacios abiertos y convivan o puedan relacionarse con otros animales de la misma especie y distinto sexo, que deberán ser esterilizados. O sea, que los perros pastores, perros de caza o de rehalas, habrán de serlo, cortando de raíz su reproducción, que durante siglos han seleccionado y criado ganaderos o cazadores, para lograr las razas hoy existentes y que a partir de ahora estarán en peligro de desaparecer, salvo que sus propietarios se registren como criadores, aunque Sánchez, con gran cabreo de los podemitas ha anunciado que estos animales quedarán excluidos de la Ley.
Y
como si de menores o incapaces fuesen los ciudadanos se prevé también, que toda
persona titular o responsable de los perros deberán haber realizado previamente
un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se
determinará reglamentariamente y que los perros deberán cumplir los criterios
de clasificación por sociabilidad, cumpliendo los mecanismos de validación de
comportamiento y socialización determinados reglamentariamente.
Es decir, que nuevamente se tendrá que analizar “psicológicamente” a los perros para ver si son, o no, sociables.
Por otra parte, se establece que los animales silvestres criados en cautividad con
fines cinegéticos deberán ser identificados de manera individual y visible
previo a su puesta en libertad. Es decir que los cazadores que cacen animales
de repoblación, o pájaros “de bote” como se llama a los criados y soltados para
las cacerías, lo harán sobre animales con anillas, crotales u otros sistemas de
identificación visibles, lo que, en definitiva, perjudica el ánimo del cazador
y de los propietarios de cotos de caza.
Y se
complica más tanto la repoblación, como el transporte de animales para su
“suelta” al prohibirse el traslado de cualquier animal silvestre sin un informe
etológico ─ya estamos otra vez con los “psicólogos veterinarios─
realizado por un experto en comportamiento de su especie que justifique la
necesidad u oportunidad del movimiento del animal, respetando sus
vínculos emocionales. ─vamos que se analizará si los animales
transportados ven afectados sus sentimientos por ser separados de su terruño de
nacimiento, su pandilla de amigos o sus padres, así de absurdo─
Mayor
INRI presenta la pretendida regulación sobre los “Animales utilizados en
actividades profesionales” donde destaca el tratamiento de los equinos
donde se prohíbe el uso de caballos en actividades profesionales hasta haber
cumplido los cuatro años de edad, así que adiós a las carreras de potros o los
concursos de saltos por profesionales con caballos menores de esa edad, lo que
es imprescindible para lograr un gran caballo saltador.
Un profesional habrá de expedir un informe de
aptitud y bienestar cada año desde los quince años de edad teniendo en cuenta
las capacidades físicas y psicológicas del animal
Por su parte, el artículo 45
regula el fomento de la convivencia responsable con animales, asignando a las Administraciones
Públicas el fomento de la convivencia responsable con animales, mediante la
realización de campañas dirigidas a promocionar la protección y defensa de los
animales, la adopción de animales de compañía, el comportamiento animal y el
perjuicio social relacionado con el maltrato animal, resaltando los beneficios
que, para el desarrollo de la personalidad, conlleva la convivencia con
animales.
Pero el CGPJ ya ha advertido
que entre los dislates de esta Ley está el hecho de que penaliza el maltrato a
animales con mayor severidad que el maltrato regulado por la Ley del Si es Si,
en los casos de maltrato de un hombre a su pareja.
No voy a entretenerme más en
analizar todo el articulado de esta Ley y sus dislates, pero quiero concluir
con una reflexión.
La Ley ha sido elaborada por la impresentable ministra comunista Ione Belarra, rodeada y "asesorada" por una pandi de urbanitas con mascota que desconocen lo que es la vida animal, el
campo, los deportes con animales e incluso podríamos definirlos como “No padres
pero con mascotita en un piso urbanita"
La nueva ley volverá a traer problemas donde se trata de imponer obligaciones alambicadas y poco apegadas a la realidad de nuestra sociedad, y producirá el efecto previsto por Bastiat:
La mejor manera de que una ley sea respetada es que sea respetable. Cuando la ley y la moral ─o los deseos de la sociedad─ entran en contradicción el ciudadano se encuentra en la cruel disyuntiva de perder la noción de la Moral ─o renunciar a sus aspiraciones─ o de perder el respeto a la Ley, dos desgracias entre las cuales es difícil elegir.
En conclusión, la ley no busca el bienestar de los animales sino realmente modificar nuestra relación con ellos e intenta poner en el mismo plano a personas y a animales, un hecho tremendamente ideológico y fuera de todo lugar.
Terminemos aquí, y lo hago con un nuevo video como un homenaje a los animales silvestres o domésticos implicados en la caza..
La “Sinfonía da Caccia” en Sol mayor para 4 trompas, cuerdas, tambores y bajo continuo de Leopold Mozart.
© 2022 Jesús Fernández-Miranda y Lozana
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